domingo, 28 de junio de 2015

Como insular al prójimo y no ser condenado en el empeño




 En sentencia firme, la Audiencia de Las Palmas absolvió a un vecino de Telde que llamó “hijo de puta” y “maricón” a otro, porque estas son “expresiones ya integradas en el vocabulario”.
 En otra sentencia, una juez califica que llamar “hijo de puta” a otro es una expresión grosera “que con el tiempo ha perdido su significado y ya no puede considerarse injuria”.
 En Catalunya, una empresa fue condenada a readmitir a un trabajador, o indemnizarlo con 6.493 euros, que había sido despedido por haber llamado “hijo de puta” al gerente. El Tribunal Superior de Justicia dice que: “La degradación social del lenguaje ha provocado que las expresiones utilizadas sean de uso corrientes en determinados ambientes o en el marco de las discusiones”.
 El Juzgado número 5 de Madrid condenó por injuria grave al periodista Carlos Dávila a indemnizar con 5.000 euros al juez Pedraz al que llamó “cabrón”. Además, tuvo que pagar una multa de 9.900 euros y las costas del juicio. En cambio, la titular del juzgado número 61 de Madrid considera que llamar durante tres meses a una periodista, en programas de televisión: “Hija de puta, sinvergüenza, mala persona, mafiosa, mierda, basura, idiota, etc.”, no es delito ni atenta contra el honor, sino un espectáculo lamentable. Además de insultada, la periodista tuvo que pagar las costas del juicio.
 En contraste, ahora en Mallorca, el Supremo ha condenado al sindicalista Lorenzo Bravo a indemnizar con 6.000 euros a José Ramón Bauzá por haberle llamado “cerdo” y “jilipollas”. Según los jueces, la libertad de expresión no ampara esos insultos, que atentan contra el honor del “president”

Pep Roig (“Última Hora-Domingo” 28-06-15)


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